
En términos generales, muy abreviados y acotado a inmuebles, es el contrato por el cual una persona transfiere a otra el dominio de un inmueble a cambio de una contraprestación en dinero. – Para efectuarla se necesita el título de propiedad del vendedor, entre otras cosas. El mismo es analizado, junto a otros antecedentes, según cada caso particular, a través de lo que se llama estudio de títulos, el que de estar correcto garantiza la perfección de tu título. En general, con antelación a la escritura de compraventa, las partes suelen firmar un boleto de compraventa, instrumento, en general privado, por el que las partes acuerdan sujetar el contrato de compraventa a determinadas pautas, y en el mismo se fija, entre otras cosas, la fecha de escritura.- Junto con el boleto de compraventa pueden entregarte la posesión, si las partes acuerdan hacerlo, lo que te permite ocupar el inmueble a título de poseedor cuando aún no se ha otorgado la escritura.
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